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Seguro de Vida Ley en Perú ✔

¿En qué consiste un Seguro de Vida Ley?

Servicio que debe ser contratado por parte de los empleadores, el Seguro de Vida Ley, es un tipo de póliza que se otorga de acuerdo con ciertas normas y parámetros que se imponen una vez que un colaborador cumple 4 años en la empresa, pues esta es una obligación que se establece de acuerdo con la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, que se aprueba por el Decreto Legislativo 688.

Sin embargo el Seguro de Vida Ley ya es un medio que puede adquirirse de manera directa por los empleados, todo esto posible a partir de 3 meses de prestar sus servicios, aunque en el caso de las contrataciones que se hacen por parte de las empresas, estas al momento de hacerlo tendrán que notificar al ministerio de la póliza de seguro adquirida.

En cierto punto este es un seguro que se caracteriza por ser un beneficio total para los trabajadores, el cual se otorga de forma voluntaria por el empleador a fin de que voluntariamente deba resguardar todos aquellos riesgos e imprevistos a los que se expone desarrollando sus actividades dentro y fuera de la compañía, además que este sea obligatorio al momento de que una persona llegue a los 4 años de pertenecer a la organización, por lo tanto deberá apegarse a los decretos legislativos.

¿Cómo es que funciona el Seguro de Vida Ley?

Tal como te lo contamos desde un inicio, el Seguro de Vida Ley se ha dado a conocer por todo el Perú como un seguro grupal que se ha creado a fin de que el empleador tome de manera obligatoria que está a favor de los trabajadores en una empresa sin distinción alguna.

Por esta razón se vuelve un servicio al que están al alcance de los colaboradores al momento de cumplir 4 años en una organización, e incluso permaneciendo a disposición de los empleados al momento de aprobar al menos los 3 meses si es que así lo desea, pero en el caso tradicional este queda a cargo del aporte por parte del empleador.

En términos generales hay que recordar que el Seguro de Vida Ley se dirige a todos los empleadores a fin de que estos en todo momento busquen las garantías solicitadas conforme a los beneficios sociales de estos seguros para que los trabajadores empleados y obreros acorde a lo que se conoce como la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.

¿Y para qué sirve el Seguro de Vida Ley?

Retomando lo que ya te contamos desde un inicio, el Seguro de Vida Ley correctamente regulado, se reguló desde 1991, teniendo que contratarse de forma obligatoria para los trabajadores, recibiendo distintas modalidades al paso de los años y que se imponen por parte de las autoridades en turno.

Este seguro sirve como un medio de respaldo a fin de cubrir todas las lesiones y/o fallecimientos de los empleados, asegurándose así por las distintas primas según sea el caso, debido a que las coberturas se encargan de ampliar su margen de protección conforme a los riesgos por muerte natural, accidental o por invalidez, estas de la siguiente forma:

Muerte Natural: Regularmente las compañías de seguros que respalden a los usuarios con su Seguro de Vida Ley, otorga al menos 16 remuneraciones mensuales asegurables, lo cual es promedio al último trimestre que perciba el trabajador asegurado hasta el mes previo a su fallecimiento.

Muerte Accidental: Por su parte nos encontramos con esta cobertura en donde una muerte accidental solventa hasta 32 remuneraciones mensuales asegurables que se perciben por el trabajador asegurado, el mes previo al accidente.

Invalidez Total y Permanente por Accidente: Y por último esta es una modalidad en donde las compañías de seguros ofrecen 32 remuneraciones de forma mensual, pero que también sean asegurables para el trabajador asegurado previamente por un accidente.

¿Conviene tener uno?

Se considera el Seguro de Vida Ley como una remuneración de tipo asegurable, principalmente por aquellas que se encuentran en las planillas del contratante, además de considerarse como remuneraciones asegurables para las boletas de pago al trabajador, percibiendo los montos que podrán variar en cuestión de los incrementos u otros motivos hasta el tope de remuneración máxima asegurable que se establece para efectos del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en un sistema privado de pensiones.

Por su parte el Seguro de Vida Ley se concentra también en funcionar de forma apropiada para quienes perciben remuneraciones por comisiones o a destajo, tomando a promedio de lo percibido en los últimos 3 meses y hasta el límite establecido para la remuneración máxima asegurable.

Beneficios del Seguro de Vida Ley para las empresas.

-Cumplen correctamente con las disposiciones impuestas por las autoridades en turno, los cuales van de la mano con los beneficios laborales para sus trabajadores, evitando así todas las multas impuestas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

-Lleva el manejo de una sola póliza de grupo para todos sus trabajadores empleados u obreros.

-Otro de los beneficios que les son otorgados, consiste en una rápida emisión y a la facilidad para el pago de las primas, y todo lo necesario para solventar los riesgos o situaciones en los que se vean involucrados.

-Obtienen acceso a los sitios web para que realicen sus declaraciones mensuales nominativas de sus trabajadores y que se generen de forma inmediata los recibos de las primas a pagar del Seguro de Vida Ley, así como a las emisiones al instante de los certificados individuales para los asegurados al requerirse.

-Son asesorados en el ingreso y las actualizaciones por los contratos del Seguro de Vida Ley que el empleador tendrá que registrar obligatoriamente en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), bajo las disposiciones.

-En el caso de las empresas con más de 10 trabajadores, se pueden otorgar a coberturas adicionales o exigidas por la ley sin ningún costo, además de las condiciones y sumas aseguradas establecidas en cada póliza por desgravamen por préstamos de la empresa, entre muchos otros riesgos.

Ahora, beneficios para los trabajadores.

-Principalmente la tranquilidad de saber que cuentan con la protección del Seguro de Vida Ley, el cual permanece a su favor y el de los beneficiarios, principalmente para garantizar la cobertura ante un siniestro que sea producido por una muerte natural o accidental e incluso por la invalidez total y permanente que se causen por un accidente.

-El enfoque de todas las aseguradoras en caso de la agilización por el pago de las indemnizaciones por muerte a favor de la familia, así como a designar en vida a todos sus beneficiarios por medio de las declaraciones legalizadas en el Perú, además del orden de prelación que se establezca dentro de los artículos.

-Por último se favorece con todas las coberturas que se formalicen adicionales a las que se exigen por la ley pactada entre el empleador con las aseguradoras y a lo que se le brinda a los colaboradores en una póliza.

¿Y en cuestión de los beneficiarios por este seguro?

-Los hijos y cónyuge o bien a falta de cónyuge, el conviviente que cumpla con los requisitos del artículo 326 del Código Civil, recibirán el monto determinado al interior del contrato.

-A falta de hijos o cónyuge, se considerarán como beneficiarios a los padres y hermanos menores a 18 años.

-Por último el empleador contratante del seguro tendrá el derecho total para cobrar la suma asegurada en caso de fallecer el trabajador asegurado y vencido en el plazo de mínimo 1 año de ocurrido el siniestro, en donde ninguno de los beneficiarios que sean señalados bajo los ejercicios del derecho.

¿Qué no cubre el Seguro de Vida Ley?

Y para finalizar con el tema del Seguro de Vida Ley, éste de acuerdo con las compañías aseguradoras no cubren de distintos riesgos o imprevistos por el caso de fallecimiento e invalidez que se produzca como consecuencia de un suicidio o lesiones autoinferidas.

En este supuesto caso, es siempre y cuando las situaciones no generen un supuesto de muerte natural, muerte accidental, ni mucho menos invalidez total y permanente por accidente del asegurado.

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Daniel Cuevas

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